Incapacidades: requisitos

Si tienes una incapacidad médica, estos son los requisitos generales para radicarla y que sea reconocida.

Requisitos para radicar tu incapacidad

  • Incapacidad original expedida por tu EPS o por la entidad de salud autorizada.
  • Transcripción por la EPS cuando la incapacidad la emite un particular o entidad no adscrita.
  • Documento de identidad.
  • Radicación dentro de los plazos establecidos para evitar rechazos.

Cómo se reconoce y paga (ley vigente)

Incapacidad de origen común (enfermedad general):

  • Los 2 primeros días los reconoce el empleador.
  • Del día 3 al 90: la EPS paga el 66.67% del salario (sin ser inferior al salario mínimo).
  • Del día 91 al 180: la EPS paga el 50%.
  • Del día 181 al 540: paga el fondo de pensiones al que estás afiliado.
  • Desde el día 541: vuelve a pagar la EPS.

Incapacidad de origen laboral (accidente o enfermedad laboral): la ARL paga el 100% del salario desde el día siguiente al accidente.

Cómo radicarla

Entrega la incapacidad a tu coordinador de Temporal S.A. o radícala por los canales de atención lo antes posible (idealmente dentro de los 2-3 días siguientes a su expedición). Te acompañamos en el trámite de transcripción y reconocimiento ante la EPS o la ARL.