Política de prevención del consumo de sustancias psicoactivas
TEMPORAL S.A. ha establecido una política del no consumo de sustancias psicoactivas, con el fin de promover, prevenir y fomentar el bienestar de los trabajadores, contratistas, usuarios y familias que visitan las instalaciones físicas de la empresa, ya que su consumo genera impactos negativos sobre la sociedad, la familia y el entorno laboral, afectando aspectos como la salud, la seguridad, la eficiencia y la productividad de nuestros empleados.
Con el ánimo de mejorar el desempeño laboral y fomentar hábitos y estilos de vida saludables, y teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 1075 del 24 de marzo de 1992, la Resolución 4225 del 29 de mayo de 1992 y la Resolución 2646 de 2008, se establecen los siguientes parámetros:
- Se prohíbe presentarse al cumplimiento de las actividades, funciones y/o tareas bajo el efecto de sustancias psicoactivas, incluidas bebidas alcohólicas o energizantes, u otras que afecten el adecuado desempeño laboral.
- Se prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas durante el desarrollo de actividades y/o funciones dentro de las instalaciones físicas de la empresa.
TEMPORAL S.A. se compromete a desarrollar estrategias de prevención del consumo de sustancias psicoactivas, con la participación de los diferentes niveles de la organización, fundamentadas en principios de igualdad, confidencialidad y equidad.
Los trabajadores deberán tener una conducta responsable y participativa en las acciones de sensibilización que promuevan el cumplimiento de esta política. El incumplimiento de esta política y de las reglas o normas que se deriven de ella es condición de empleo y contratación de la empresa.
Fecha de aprobación: 12/01/2018.